"Fuerza Aérea Colombiana no se puede llamar Fuerza Aeroespacial": Corte Constitucional

"Fuerza Aérea Colombiana no se puede llamar Fuerza Aeroespacial": Corte Constitucional


*Imagen cortesía de la cadena Radio Nacional de Colombia*
El Tribunal Supremo ha determinado que el Congreso no puede modificar una decisión constitucional a través de una ley ordinaria.

De acuerdo con la Corte, una ley ordinaria no puede cambiar la denominación establecida por la Constitución para la Fuerza Aérea.

Por lo tanto, la Fuerza Aérea Colombiana no puede ser renombrada como Fuerza Aeroespacial Colombiana, como argumentaron tres ciudadanos que señalaron la falta de competencia de los congresistas para realizar dicho cambio.

La Corte concluyó que el legislador no tiene la facultad de modificar esta denominación y al hacerlo transgrede la supremacía de la Constitución.

Ante esta decisión, la FAC anunció que respetará y acatará la determinación de la Corte Constitucional, y trabajará junto al Ministerio de Defensa Nacional en el proceso legislativo correspondiente.

La Fuerza Aérea Colombiana continuará ejerciendo sus facultades conforme a la Ley 2302 de 2023, promoviendo la exploración del espacio, el desarrollo de infraestructura y recursos espaciales, la colaboración con entidades públicas y privadas, y garantizando la seguridad y soberanía nacional en el ámbito espacial.

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