La Sala Plena de la Corte Constitucional declaró inexequible el decreto emitido el pasado 2 de julio, por el presidente Gustavo Petro por medio del cual fijó el Estado de Emergencia Económica, Social y Económico, en el departamento de La Guajira. Sin embargo, el alto tribunal (en su decisión) emitió un efecto diferido frente al punto crucial del acceso al agua potable para la población. Esto quiere decir que este punto no se cae, sino que sigue vigente hasta el 2 de julio de 2024. En ese momento, la Corte Constitucional entrará a revisar las medidas que se tomaron y su efectividad. “Conceder efectos diferidos a esta decisión por el término de un (1) año”, contados a partir de la expedición del decreto, respecto de la amenaza de agravamiento de la crisis humanitaria por la menor disponibilidad de agua”, precisa la decisión que desde ya se convierte en uno de los golpes más duros de este alto tribunal al Gobierno. Frente a esta situación, la Corte Constitucional le pidió al Gobierno y al Congreso “adoptar las medidas necesarias para superar la grave crisis humanitaria estructural que existe en el departamento de La Guajira”, las cuales ya fueron de presentes en la sentencia T-302 de 2017.
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