El presidente Gustavo Petro defendió la legalidad de la convocatoria para la consulta popular, la cual está contemplada en la Ley Estatutaria 1757 de 2015. En su declaración, indicó que el Senado no cumplió con los plazos establecidos para emitir su concepto, lo que le permite al Ejecutivo expedir el decreto correspondiente. A través de su cuenta en X, el mandatario aseguró que, según el artículo 33 literal c de la ley mencionada, el presidente puede proceder con el decreto de convocatoria incluso si el Senado no se pronuncia: «El decreto de consulta tiene una base legal que evita cualquier prevaricato», afirmó. Según Petro, hay dos escenarios legales posibles: que el Senado emita un concepto (ya sea favorable o desfavorable) o que no lo haga en el mes posterior a la presentación de la solicitud.
La solicitud para la consulta fue presentada el 1 de mayo de 2025, lo que le daba al Senado hasta el 1 de junio para pronunciarse. De acuerdo con la legislación, si ese plazo se agota sin un pronunciamiento, el presidente tiene la facultad de proceder con el decreto dentro de los siguientes ocho días hábiles, es decir, hasta el 12 de junio de 2025.
En su mensaje, Petro también criticó al presidente del Senado, argumentando que este no permitió la aprobación de la reforma laboral en el último día hábil antes del vencimiento del plazo: «El presidente del Senado decidió cerrar el Congreso y perder todo el martes, dejando al presidente solo con el día de mañana para aplicar la Ley 1757», comentó.
Además, el jefe de Estado hizo hincapié en que se había utilizado el atentado contra el senador Miguel Uribe Turbay como justificación para «excluir al pueblo de la consulta popular y de la reforma laboral». Petro recordó que un fallo judicial había declarado la violación del debido proceso legislativo y había ordenado acatar la apelación de la senadora María José Pizarro, lo que, según él, afectó la votación del concepto previo en el Senado.
