Juzgado de Medellín compulsa copias contra Álvaro Uribe y su hermano Santiago por presuntos determinadores de homicidio de defensores de derechos humanos

El Juzgado Tercero Penal del Circuito Especializado de Medellín ha emitido una sentencia condenatoria contra José Miguel Narváez Martínez, quien fue exsubdirector del desaparecido DAS. La condena se basa en su papel como determinador del secuestro extorsivo agravado de la senadora Piedad Esneda Córdoba Ruiz en 1999. La decisión ha sido recibida con satisfacción por la familia de la senadora fallecida y por aquellos que clamaban por justicia en este caso. Sin embargo, la inclusión del expresidente Álvaro Uribe Vélez y su hermano, Santiago Uribe, ha causado sorpresa.

La sentencia impone a Narváez 28 años de prisión, una multa que supera los 3.400 salarios mínimos y la inhabilitación para ejercer funciones públicas por un tiempo igual a la pena. Además, se ordena el pago de 800 salarios mínimos a Natalia María Córdoba Castro, la hija de la excongresista, como indemnización.

En relación a la investigación de los hermanos Uribe Vélez, el fallo, emitido el 6 de octubre de 2025, establece la necesidad de remitir copias a la Fiscalía General de la Nación. Esto implica que se investigue a Álvaro Uribe Vélez, Santiago Uribe Vélez y al General Ospina, por su posible implicación en los homicidios de Jorge Eduardo Umaña Mendoza y Jesús María Valle Jaramillo.

Las pruebas que sustentan esta decisión incluyen testimonios y documentos judicializados que hacen referencia a una reunión en 1997, donde supuestamente participaron Carlos Castaño, los hermanos Uribe y un «General Ospina» vinculado a la Cuarta Brigada del Ejército. En dicha reunión, se habrían discutido listas de líderes sociales y defensores de derechos humanos considerados como “enemigos” del poder regional, entre ellos Valle Jaramillo y Umaña Mendoza, quienes fueron asesinados en 1998.

El tribunal aclara que esta remisión no implica imputación penal, y será la Fiscalía General de la Nación la que determine si hay pruebas suficientes para iniciar una investigación formal.

En cuanto a la condena de Narváez, el tribunal lo declaró culpable del secuestro extorsivo agravado de Piedad Córdoba, considerándolo un delito de lesa humanidad. La sentencia niega beneficios como la suspensión condicional de la pena o la prisión domiciliaria.

La próxima etapa implica que la Fiscalía deberá evaluar la documentación enviada por el juzgado para decidir si procederá con un proceso penal relacionado con los homicidios mencionados. Este fallo resalta la obligación legal del juez de remitir compulsas de copias cuando surgen indicios de otros delitos durante el proceso. Hasta el momento, la Fiscalía no ha hecho declaraciones sobre las acciones que tomará en relación a esta remisión.

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