TSJ avala juicio a 4 policías acusados de traficar cocaína –

El Tribunal Supremo de Justicia, en su Sala Constitucional, ha decidido declarar improcedente un recurso de amparo presentado por el Ministerio Público, el cual buscaba iniciar un juicio contra cuatro policías acusados de tres delitos, incluyendo tráfico de drogas. Los magistrados de la Sala Constitucional confirmaron que la decisión de instancias judiciales inferiores, que habían sobreseído a los cuatro policías de los delitos de uso indebido de arma orgánica y asociación para delinquir, era correcta. Sin embargo, se aprobó el juicio solo por el delito de tráfico ilícito agravado de sustancias estupefacientes y psicotrópicas en su modalidad de ocultación, según se detalla en la sentencia 0621 emitida el 6 de mayo pasado.

Esta sentencia responde a un recurso de amparo interpuesto hace dos años por los fiscales Rosalba Hernández y Juan Figuera, específicamente el 22 de octubre de 2022. Los representantes del Ministerio Público argumentan que la Sala 7 de la Corte de Apelaciones de Caracas vulneró su derecho al debido proceso al no permitirles avanzar en el juicio contra los cuatro policías por los delitos que fueron desechados: uso indebido de arma orgánica y asociación para delinquir.

Los hechos que llevaron a la imputación de estos policías ocurrieron el 8 de marzo de 2021, cuando fueron detenidos en el kilómetro 12 de la autopista regional del centro, en el municipio Baruta (Miranda), mientras transportaban 13 kilos de cocaína en una patrulla de la Policía Nacional Bolivariana. El vehículo, una Toyota Hilux negra, estaba rotulada con logos de la Dirección Antidrogas de la PNB.

El Ministerio Público solicitó que se abriera un juicio por el uso indebido de arma orgánica, asociación para delinquir y tráfico ilícito agravado de sustancias estupefacientes. El Tribunal 46° de Control de Caracas decidió abrir el juicio, pero solo por tráfico ilícito agravado de drogas, argumentando que no había suficientes elementos para juzgarlos por los otros delitos. Ante esto, el Ministerio Público apeló, pero la Sala 7 de la Corte de Apelaciones confirmó el sobreseimiento a favor de los policías y mantuvo la decisión de procesarlos solo por tráfico de drogas.

La falta de notificación de esta decisión a los policías por parte de la Sala 7, como lo exige el Código Orgánico Procesal Penal, llevó al Ministerio Público a intentar corregir la omisión a través de un recurso de revocación. Sin embargo, la Sala 7 mantuvo su posición, lo que motivó al Ministerio Público a acudir a la Sala Constitucional para solucionar esta situación, ya que se les impedía continuar la acusación por los dos delitos desechados.

Al evaluar la procedencia del recurso de amparo, los magistrados de la Sala Constitucional confirmaron que la decisión de la Sala 7 se encontraba ajustada a derecho. Consideraron que el amparo interpuesto no vulneró las garantías constitucionales de tutela judicial efectiva y debido proceso, y que la discrepancia del Ministerio Público se centraba en los criterios de la Sala 7 y no en una violación de derechos.

Los cuatro policías involucrados son Ardenys Yoniel López Parra, Freddy José Calderón Cadamo, José Gregorio Castilla Viloria y Wilmary del Valle Betancourt García. La Fiscalía sostiene que estos agentes están directamente implicados en el tráfico agravado de drogas, formando parte de una organización criminal que opera dentro de los cuerpos policiales, utilizando sus armas para proteger el cargamento de cocaína incautado, así como vehículos financiados con recursos públicos. Por estas razones, la Fiscalía solicitó que fueran procesados también por uso indebido de arma y asociación para delinquir.

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