El Consejo de Estado ha ratificado la inhabilidad de Juan Daniel Oviedo para desempeñarse como concejal de Bogotá. Esta determinación, difundida el 27 de junio, reafirma la anulación de su elección debido a que firmó un contrato con una entidad estatal en el año previo a las elecciones, a pesar de haber renunciado recientemente a su cargo.
La Sección Quinta del Consejo de Estado, en su fallo del 27 de junio, determinó que Juan Daniel Oviedo estaba efectivamente inhabilitado para asumir el cargo de concejal, al haber celebrado un contrato con el Estado en el año anterior a su elección. Esta decisión valida la resolución tomada en febrero por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, que ya había anulado su credencial para el periodo 2024-2027. Aunque Oviedo presentó su renuncia al Concejo el 29 de mayo con la intención de postularse como precandidato presidencial para 2026, el fallo del Consejo de Estado confirma que su elección contravino la ley debido a la inhabilidad previamente establecida en la jurisprudencia electoral.
**Motivo de la inhabilidad: contrato con el Estado**
De acuerdo con el fallo, redactado por el magistrado Óscar Dimaté, Juan Daniel Oviedo firmó un contrato de arrendamiento con el Fondo Nacional de Garantías, una entidad de economía mixta de carácter nacional, el 20 de junio de 2023. Este contrato, celebrado como arrendador y con ejecución en Bogotá, constituye una inhabilidad al tratarse de un acuerdo con una entidad estatal dentro del año anterior a las elecciones del 29 de octubre de 2023.
La sentencia aclara que el contrato fue realizado “en interés propio” y debía llevarse a cabo en el mismo territorio donde se postulaba como candidato. Esto infringe el régimen de inhabilidades que prohíbe a los ciudadanos contratar con el Estado en el ámbito territorial donde buscan ser elegidos, si dicho contrato se firma durante el año previo a los comicios.
**Demandas y antecedentes legales del caso**
El procedimiento contra Oviedo surgió de dos acciones diferentes. La primera fue interpuesta por el abogado Samuel Ortiz Mancipe, y la segunda por Luis Humberto Guidales García, quienes solicitaron la nulidad del acto electoral. El Tribunal Administrativo de Cundinamarca, en su fallo del 6 de febrero de 2025, respaldó sus argumentos y ordenó anular su credencial.
El Consejo de Estado, al resolver la apelación presentada por Oviedo, confirmó por completo esa decisión, concluyendo que la inhabilidad se configuró de manera objetiva. En la parte resolutiva del fallo se señala: “Confirmar la sentencia del 6 de febrero de 2025 proferida por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Primera, Subsección B, que accedió a las pretensiones de la demanda y declaró la nulidad del acto de elección del señor Juan Daniel Oviedo como concejal de Bogotá D.C.”
La nulidad afecta al acto contenido en los formularios E-26 ALC y E-26 CON emitidos por la Comisión Escrutadora el 8 de noviembre de 2023, mediante los cuales se proclamó su elección para el Concejo Distrital por el grupo significativo de ciudadanos Con toda por Bogotá.
**Aspiración presidencial en marcha**
A pesar del fallo, Juan Daniel Oviedo continúa con su aspiración presidencial. El 3 de junio, inscribió el comité para la recolección de firmas que apoyarán su movimiento político Con todo por Colombia. Además, anunció que también impulsará una lista cerrada al Congreso, con el objetivo de buscar representación de enfoque regional.
Oviedo llegó al Concejo bajo el estatuto de oposición, tras quedar en segundo lugar en las elecciones a la Alcaldía de Bogotá de 2023, superando al candidato del Pacto Histórico, Gustavo Bolívar. Su carrera en la vida pública comenzó durante el gobierno de Iván Duque, cuando se desempeñó como director del Departamento Administrativo Nacional de Estadística (DANE), cargo en el que ganó notoriedad durante la pandemia.
